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Obligación impuesta por la testadora. Consideración como condición suspensiva o como carga modal.

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Roj: STS  1918/2018 - ECLI:ES:TS:2018:1918

Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil

Sede: Madrid

Sección: 991

Nº de Recurso: 3049/2015

Nº de Resolución: 316/2018

Fecha de Resolución: 30/05/2018

Procedimiento: Civil

Ponente: Excmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO

Tipo de Resolución: Sentencia

Materia: Derecho de sucesiones. Calificación jurídica de la obligación impuesta por la testadora a la instituida heredera para que la cuide y asista hasta su fallecimiento. Consideración como condición suspensiva o como carga modal.

Resumen

 La Sala desestima los recursos interpuestos frente a una sentencia que estimó la demanda de nulidad de un testamento por incumplimiento por la instituida heredera de la condición impuesta por la testadora de cuidarla y asistirla hasta el momento de su fallecimiento y la apertura, como consecuencia de esta nulidad, de la sucesión intestada. La Sala confirma la calificación jurídica dada a esta obligación, que suele ser típica en numerosos testamentos, como condición suspensiva y no como carga modal. En esta labor de interpretación y desde la vertiente primordial de búsqueda de la voluntad realmente querida por el testador, la obligación de cuidar y asistir a la testadora hasta su fallecimiento tiene el carácter de condición suspensiva cuando esta finalidad constituye la razón decisiva y determinante del otorgamiento de la disposición testamentaria relativa a la institución de heredero y además dicha condición vertebra la interpretación lógica y sistemática de la eficacia misma de la institución de heredero. En el supuesto, estas circunstancias concurren. Además, se declara probado que la instituida heredera tenía conocimiento cabal de la disposición testamentaria y pese a ello suscribió un documento privado, con asistencia letrada, por el que se le liquidaban los gastos por la atención dispensada en el periodo de convalecencia de la testadora, poniendo fin a la relación de asistencia que existía entre ambas partes.

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