RESOLUCIÓN DE 18-05-2012 (BOE: 14-06-2012). HERENCIA: ADJUDICACIÓN: CONTADOR PARTIDOR.
Registro: CHIPIONA
Hechos: se suspende la inscripción de una escritura de operaciones particionales por manifestación y adjudicación de herencia testada, ya que en ella, al tiempo de las adjudicaciones se recogen una serie de actos de disposición y permuta llevadas a cabo entre tres de los seis herederos comparecientes, habiendo un séptimo heredero no compareciente, al que se le había asignado en el cuaderno particional su adjudicación correspondiente, el registrador considera que la partición se ha convertido en un acto contractual entre seis herederos, que exige la intervención de la totalidad de ellos, y el documento no ha sido ratificado por el séptimo heredero. Se hace costar que con anterioridad a dicha escritura, se había promovido por éste último un procedimiento solicitando la división judicial, que fue desestimado por el juzgado.
La DG acepta el recurso ya que según el 1057 c.c. las particiones hechas por el contador partidor, al reputarse hechas por el propio causante, son por sí solas inscribibles, sin necesidad de intervención de los legitimarios, siempre que del título no resulte la extralimitación de las facultades de aquel, y en ésta el contador se ha ajustado a la voluntad del testador y a las normas legales de carácter imperativo, la DG se apoya sobre todo en que el tribunal desestimó la demanda de división judicial, por un lado, y por otro que el contador se ajustó a la ley y a la voluntad del testador al hacer la división.