RESOLUCIÓN DE 12-05-2012 (BOE: 12-06-2012). SOCIEDAD ANÓNIMA MUNICIPAL: NOMBRAMIENTOS.
Registro: MERCANTIL Rº ZAMORA
Hechos: se deniega la inscripción de una escritura de elevación a público de acuerdos sociales de una sociedad municipal ya que no consta el nombre de la Secretaria que eleva a público los acuerdos sociales (art. 111 RRM) y diferir los nombres de los Presidentes.
La DG revoca el primer defecto ya que la resolución de la expedición de la certificación la hace una persona en su doble carácter de secretaria de la sociedad y secretaria del Ayuntamiento con el Vto. Bueno del Alcalde, en definitiva se trata de documento público administrativo, que hace que no sea exigible la notificación a la Secretaria del Consejo inscrita, como exige, como regla general, el artículo 111 del Reglamento del Registro Mercantil ; respecto del segundo de los defectos, lo confirma, dando prioridad a las normas mercantiles sobre las normas de régimen local, dispone asimismo, que no es necesario notificar a los efectos del art. 111 del RRRM, al anterior cargo con facultad certificante si la certificación es expedida por la secretario de la corporación con el Vto. Bº. Del Alcalde por considerar que se trata de un documento administrativo que tiene fehaciencia por sí mismo y suple a la notificación del art. 111 del RRM.