RESOLUCIÓN DE 05-05-2012 (BOE: 07-06-2012). CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS JUDICIALES.- TRACTO
Registro: MADRID 54
Hechos: Se presenta en el registro una sentencia declarativa del dominio figurando inscrita la finca a nombre de persona distinta de la demandada, el registrador suspende la inscripción.
La DG confirma la calificación conforme al principio del tracto sucesivo del art. 20 LH y de acuerdo con los principios constitucionales de protección jurisdiccional de los derechos y de interdicción de la indefensión procesal que exigen, en el ámbito registral, que el titular afectado por un hecho inscribible haya sido parte o al menos haya tenido posibilidad de intervención en el procedimiento determinante del asiento.