RESOLUCIÓN DE 22-02-2012 (BOE: 16-03-2012). PRINCIPIO REGISTRAL DE LEGALIDAD
Hechos: se presenta Decreto de homologación de una transacción judicial, derivado de un procedimiento de ejecución por impago de deudas alimenticias en el que se pacta que en pago se deuda se entregue un bien determinado.
El registrador entiende que no es título válido porque excede del contenido del convenio regulador de liquidación de los bienes conyugales, y exige escritura notarial.
La DG entiende que sí es título válido y que se deriva no del convenio regulador, sino del procedimiento de ejecución por impago, y dentro del mismo cabe la transacción.