Menú

DECRETO 87/2009, DE 30 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS FIESTAS LABORALES PARA EL AÑO 2010 EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

Buscar en Cuadernos del Seminario Carlos Hernández Crespo.
Buscar en:

El Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; la Ley 8/1984, de 25 de abril, declarando Fiesta de la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo, y el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por el artículo único del Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, y declarado expresamente en vigor por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, establecen las decisiones que puede adoptar la Comunidad de Madrid en relación con la celebración en su territorio de las fiestas laborales de ámbito nacional.

En su virtud, oídos los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid, a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de septiembre de 2009.

DISPONGO

Primero. Fiestas propias de la Comunidad de Madrid para el año 2010

Para el año 2010, se declara fiesta propia en la Comunidad de Madrid, además del 2 de mayo, día de la fiesta de la Comunidad de Madrid, la festividad del Corpus Christi, 3 de junio.

Segundo. Calendario laboral para el año 2010

El calendario laboral resultante para el año 2010 en el ámbito de la Comunidad de Madrid es el que se relaciona en el Anexo que se incorpora al presente Decreto, sin perjuicio de las dos fiestas locales que, además, corresponda celebrar en cada municipio.

DISPOSICIONES FINALES

Primera . Comunicación al Ministerio de Trabajo e Inmigración

De lo dispuesto en el presente Decreto se dará traslado al Ministerio de Trabajo e Inmigración antes del 30 de septiembre de 2009.

Segunda. Entrada en vigor y publicación

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

PARA EL AÑO 2011 *

- 1 de enero (sábado), Año Nuevo.

- 6 de enero (jueves), Epifanía del Señor.

- 21 de abril (jueves), Jueves Santo.

- 22 de abril (viernes), Viernes Santo.

- 2 de mayo (lunes), fiesta de la Comunidad de Madrid.

- 23 de junio (jueves), Corpus Christi.

- 25 de julio (lunes), fiesta de Santiago Apóstol.

- 15 de agosto (lunes), Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre (miércoles), fiesta nacional de España.

- 1 de noviembre (martes), Todos los Santos.

- 6 de diciembre (martes), día de la Constitución española.

- 8 de diciembre (jueves), Inmaculada Concepción.

* Además de las doce fiestas relacionadas se celebrarán en cada municipio dos fiestas locales.

(03/35.571/10)

Esta página WEB utiliza cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia de uso y facilitarle la navegación. Si continúa navegando acepta su uso. Más información sobre la política de cookies