RESOLUCIÓN DE 25-09-2009 (BOE: 02-11-2009). Calificación sustitutoria
Registro: Murcia 8
Se presenta una escritura de cancelación de una hipoteca cambiaria que ya había sido presentada, calificada y objeto de una calificación sustitutoria.
El Registrador pone nueva nota y el interesado solicita otra calificación sustitutoria.
Se deniega esta nueva cilificación solicitada por haberse practicado ya anteriormente la calificación sustitotoria.
No obstante la DGRN sin entrar en el fondo de la cuestión planteada considera que una vez transcurrido el plazo de vigencia del asiento de presentación, si se realiza una nueva presentación del título anteriormente calificado de forma negativa, ha de ser, entonces, objeto de nueva calificación; y, si ésta continúa siendo negativa, abre -una vez notificada- nuevo plazo para interponer contra la misma los recursos procedentes [y que no sólo cabe interponer el recurso correspondiente, sino también solicitar la calificación sustitutoria conforme al art. 19 bis LH