DETERIOROS CAUSADOS POR LA REALIZACIÓN DE OBRAS EN FINCA COLINDANTE: ALCANCE DE LA INDEMNIZACIÓN
[SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID (SECCIÓN 8ª) DE 20 DE MARZO DE 2009.]
Ponente: Ilma. Sra. Doña María Margarita Vega de la Huerga.
Antecedentes. - El propietario de una finca realizó obras de vaciado de tierras con una profundidad de seis metros, causando deterioros en la finca colindante. Consecuencia de ello, los propietarios de esta última solicitaron judicialmente que se realicen las obras necesarias para que su finca vuelva al estado original y que se les indemnice por la perturbación sufrida. En Primera Instancia se estimó la demanda. La Audiencia estimó parcialmente el recurso, denegando la indemnización concedida por el daño moral o el sufrimiento causado.
Doctrina.- No puede alegarse daño moral (en este caso, se alega el permanente desasosiego provocado por vivir en una finca cuya estabilidad está comprometida) como fundamento para exigir una ampliación de la indemnización causada por un perjuicio patrimonial, salvo que resultara probada efectivamente la existencia de dicho daño, que no se presume. A falta de dicha prueba, el hecho de que se haya condenado a la realización de las obras de restitución y reparación necesarias es suficiente para evitar el daño patrimonial, conforme a lo que se reclama.
CARMEN JEREZ DELGADO