Menú

MEDIOS DE PAGO.

Buscar en Cuadernos del Seminario Carlos Hernández Crespo.
Buscar en:

1.-P: En una escritura de venta, en cuanto a una parte importante del precio, el Notario señala cantidad, fecha y el medio cheque nominativo, indicando que éste se incorpora.

Al comprobar el cheque, aparte de no coincidir la cantidad -es superior-, el mismo es a favor de otra persona desconocida, sin que el Notario indique quién es ni su relación con la venta. ¿Es inscribible?.

R: Unánimemente se considera que no, porque como tiene declarado las últimas resoluciones de la DGRN sobre la materia -dos de 2 de junio de 2009 y otras posteriores-, el registrador debe comprobar que se ha acreditado debidamente los medios de pago respecto de todas las cantidades entregadas, no pudiendo inscribir si dicha expresión es incompleta o, como ocurre en el presente supuesto, incorrecta.

Esta página WEB utiliza cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia de uso y facilitarle la navegación. Si continúa navegando acepta su uso. Más información sobre la política de cookies