CONCEPTO DE DERECHO DE RETRACTO Y PROTECCIÓN AL TERCERO HIPOTECARIO [SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID (SECCIÓN 25.ª) DE 8 DE ENERO DE 2009.]
Ponente: Ilmo. Sr. D. Ángel Luis Sobrino Blanco.
Antecedentes.- Se inicia un proceso judicial cuyo objeto principal era el reconocimiento de un derecho de adquisición preferente sobre determinada finca.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 52 de Madrid estima la demanda. La Audiencia Provincial de Madrid desestima los recursos de apelación interpuestos.
Doctrina.- La Audiencia Provincial de Madrid define el retracto como "un derecho de adquisición preferente que otorga a su titular la facultad de adquirir una cosa determinada cuando su propietario la ha enajenado efectivamente a un tercero, por compra o dación en pago, subrogándose con las mismas condiciones estipuladas en el contrato, en el lugar del adquirente".
Por otra parte, la Audiencia Provincial de Madrid establece en esta sentencia que cuando el retrayente, en el momento de su adquisición, tenía conocimiento de la posible ineficacia del título adquisitivo de su transmitente, aquél no reúne todos los requisitos para reconocerle la condición de tercero hipotecario protegido por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria.
MÁXIMO JUAN PÉREZ GARCÍA