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EXPEDIENTE DE DOMINIO: MAYOR CABIDA DE LA FINCA [SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID (SECCIÓN 12.ª) DE 16 DE ENERO DE 2008.]

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Ponente: Ilmo. Sr. D. Fernando Herrero de Egaña y Octavio de Toledo.

Antecedentes.- Habiéndose iniciado expediente de dominio para la inscripción de la mayor cabida de una finca, el Juzgado de Primera Instancia dictó auto desestimando la pretensión, al no haberse acreditado cumplidamente y sin oposición la mayor cabida pretendida. La Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso de apelación.

Doctrina.- Corresponde al promotor de los expedientes de dominio acreditar los hechos en que se sustente su pretensión.

El objeto del expediente de dominio consiste en demostrar que los datos del Registro de la propiedad son erróneos y para ello no basta promover el expediente sino que es necesario aportar pruebas concluyentes. Las diferencias que puedan existir entre los datos -relativos a la cabida de las fincas- que constan en el Registro de la propiedad, en el Catastro y en la Cámara Agraria, no son prueba suficiente para modificar los datos que constan en el Registro de la propiedad.

CARMEN JEREZ DELGADO

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