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PATRIMOMONIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

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1.-P: Se trata de una mutación demanial a favor del Ministerio del Interior de la parte derecha de un edificio del Ministerio de Economía y Hacienda. La titulación parece correcta, pero en el Registro la finca figura como solar. ¿Es necesario la declaración de obra nueva?.

R: Sí es necesaria la obra nueva, pues una cosa es que no sea necesaria la constitución del régimen de propiedad horizontal, si se determina claramente la parte arrendada y se hace contar por nota al margen de la descripción del edificio, como señalaba el derogado artículo 17 párrafo penúltimo del RH; y otra que se pueda hacer constar la mutación sobre el solar, pues no se cumpliría el tracto sucesivo.

2.-P: Se presenta una certificación de expediente de dominio por parte del FEVE, que se haya firmada por el apoderado gerente. ¿Puede este cargo certificar?.

R: Ya se trate propiamente de un apoderado o de un cargo, todo dependerá de lo que conste en los Estatutos del indicado organismo autónomo, por lo que éstos deberán ser aportados.

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