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INMATRICULACIÓN.

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1.-P: en su día de expidió certificación negativa de la inmatriculación de una finca, situada en una zona que había sido objeto de cambio de un Registro a otro, y en base a ella se ha inmatriculado.

Ahora la finca ha aparecido en el antiguo Registro y el titular de la misma acude a ver qué debe hacer.

R: La solución es acudir al expediente de doble inmatriculación del artículo 313 de Reglamento Hipotecario y, en su defecto, plantear la cuestión dentro del expediente de equidistribución al amparo del artículo 10-1 del RD 1093/1997.

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