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DOCUMENTOS JUDICIALES.

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1.-P: Se presenta un mandamiento judicial que contiene una sentencia de homologación de un acuerdo transaccional de división de fincas comunes. ¿Es inscribible?.

R: Como ya se ha tratado en este seminario, las resoluciones de la DGRN de 5 de mayo de 2003 y 7 de enero de 2005 declaran inscribibles los convenios transaccionales sobre división de cosa común aprobados judicialmente, porque la partición, conforme al artículo 1068 y 406 del Código Civil, confiere a cada condominio la propiedad exclusiva de los bienes adjudicados sin necesidad de modo, y porque según la LEC el acuerdo transaccional homologado puede llevarse a efecto por los trámites previstos para la ejecución de sentencias.

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