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OBRA NUEVA:

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1.-P: Se presenta una escritura de ampliación de obra nueva, en la cual se declara, por el Presidente de la Comunidad de Propietarios una planta más del edificio, se vende el derecho de vuelo por ella representada a Don A y Doña B. Casados en régimen de gananciales, y se modifica la propiedad horizontal, creando un elemento duplex, formado por el antiguo ático perteneciente a Don A con carácter privativo y la nueva planta. Se indica el carácter privativo del nuevo piso duplex, ¿Se puede inscribir?.

R: Para un grupo de asistentes la combinación de los artículos 1323 del Código civil, que permite toda clase de negocios entre cónyuges, y el 1359 del mismo cuerpo legal, según el cual las edificaciones tendrán el mismo carácter de los bienes a los que afecten; permite la inscripción del piso con carácter privativo.

Para otro grupo de contertulios se trata de una agrupación de una finca privativa (el ático) con otra ganancial (el sobreático) en ejercicio del derecho de vuelo, por lo que es necesario la fijación de las cuotas en el duplex a que se refiere el artículo 45-3 del Reglamento Hipotecario o un negocio de desplazamiento patrimonial expreso.

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