EXPEDIENTE DE DOMINIO [SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID (SECCIÓN 12ª) DE 8 DE FEBRERO DE 2006.]
Ponente: Ilmo. Sr. D. Ramón Ruiz Jiménez.
Antecedentes.- Habiéndose iniciado expediente de dominio a instancia de los titulares catastrales de un inmueble, se dictó auto favorable a la reanudación del tracto sucesivo en el Registro de la propiedad. El auto fue recurrido en apelación.
Doctrina.- El expediente de dominio se limita a estimar probado el hecho adquisitivo, sin que exista pronunciamiento acerca de la titularidad actual del dominio. La cuestión relativa al dominio actual del inmueble es ajena al expediente de dominio y podrá discutirse en el procedimiento declarativo ordinario correspondiente.
El pago del precio estipulado no es determinante de la adquisición del derecho real sobre el inmueble.
CARMEN JEREZ DELGADO