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EXPEDIENTE DE DOMINIO [SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID (SECCIÓN 12ª) DE 8 DE FEBRERO DE 2006.]

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Ponente: Ilmo. Sr. D. Ramón Ruiz Jiménez.

Antecedentes.- Habiéndose iniciado expediente de dominio a instancia de los titulares catastrales de un inmueble, se dictó auto favorable a la reanudación del tracto sucesivo en el Registro de la propiedad. El auto fue recurrido en apelación.

Doctrina.- El expediente de dominio se limita a estimar probado el hecho adquisitivo, sin que exista pronunciamiento acerca de la titularidad actual del dominio. La cuestión relativa al dominio actual del inmueble es ajena al expediente de dominio y podrá discutirse en el procedimiento declarativo ordinario correspondiente.

El pago del precio estipulado no es determinante de la adquisición del derecho real sobre el inmueble.

CARMEN JEREZ DELGADO

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