GARAJES
1.- P: TRANSMISIÓN DE CUOTAS INDIVISAS DE GARAJE CON USO EXCLUSIVO DE PLAZA. ¿Cabe descripción de la plaza en la escritura de compraventa (artículo 53 R.D. 1093/1997 y artículo 68 R.H., afectado por STS), sin apoyo identificativo suficiente de la inscripción de división horizontal o acuerdo de la subcomunidad del garaje?
R: Aunque no fue un tema pacifico, la mayoría entendió que sí era posible si el vendedor era el promotor de la construcción, no si era un comprador anterior.
En otro caso, será necesario el consentimiento de junta de propietarios de la comunidad horizontal total o de todos los propietarios de la subcomunidad ordinaria de garajes.