SOCIEDAD PROFESIONAL. DELIMITACIÓN DE SU OBJETO. Confirma revocación Res 21-12-2007 Rº Mercantil Valencia 2
SOCIEDAD PROFESIONAL. DELIMITACIÓN DE SU OBJETO. (Confirma revocación Res 21-12-2007 Rº Mercantil Valencia 2)
SÍNTESIS DE DOCTRINA:
Publica el fallo de la Sentencia firme del Tribunal Supremo, Sala primera, de 18 de Julio de 2012, que desestima el recurso de casación contra la Sentencia de la AP de Valencia de 29 de Abril de 2009 (que estimó el recurso de apelación contra la sentencia del juzgado de lo Mercantil nº 2 de Valencia de 23 de Octubre de 2008), quedando revocada la R. 21 de Diciembre de 2007.
HECHOS:
Resolución de 7 de noviembre de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 18 de julio de 2012, que ha devenido firme.
Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 18 de julio de 2012, que ha devenido firme.
En el recurso de casación número 1198/2009, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, interpuesto por la Dirección General de los Registros y del Notariado, representada y defendida por la Abogacía del Estado, contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2009, dictada en grado de apelación, rollo número 81/2009, por la Audiencia Provincial de Valencia, Sección Novena, que estimó el recurso de apelación interpuesto por la procuradora de los tribunales, doña C. G. S., en representación de don Fernando Ortega Gironés, registrador accidental del Registro Mercantil II de Valencia, y doña Laura María de la Cruz Cano Zamorano, titular del Registro Mercantil II de Valencia, contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, dictada en fecha 23 de octubre de 2008, dimanante del juicio verbal número 223/2008, que estimó parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de los registradores referidos y desestimó la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales, don F. J. R. M., en nombre y representación de Consejo General de la Abogacía Española, por la que se declaraba la nulidad parcial de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 21 de diciembre de 2007, habiendo sido parte recurrida los registradores demandantes, don Fernando Ortega Gironés y doña Laura María de la Cruz Cano Zamorano, representados por el procurador de los tribunales, don M. L. P.,
FALLAMOS:
1.º Desestimar el recurso de casación por interés casacional interpuesto por la Administración del Estado, Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia dictada el 29 de abril de 2009 por la Sección 9.ª de la Audiencia Provincial de Valencia en el recurso de apelación n.º 81/09.
2.º E imponer las costas a la parte recurrente.
Líbrese al mencionado tribunal la certificación correspondiente, con devolución de los autos y rollo de Sala.
Así por nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Don Francisco Marín Castán. Don José Antonio Seijas Quintana. Don Francisco Javier Arroyo Fiestas. Don Francisco Javier Orduña Moreno. Magistrados del Tribunal Supremo, Sala Primera. Firmada y rubricada.
Madrid, 7 de noviembre de 2014.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
OBSERVACIONES:
BOE número 286, miércoles 26 de noviembre de 2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/11/26/pdfs/BOE-A-2014-12281.pdf