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SEGURO DECENAL - NOTIFICACIÓN DE NOTA POR TELEFAX.

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RESOLUCIÓN DE 19/07/2007 (BOE: 07/08/2007).SEGURO DECENAL - NOTIFICACIÓN DE NOTA POR TELEFAX.

    Registro: Sabadell 4 - Miguel Verger

    Se presenta y se pretende la inscripción de escritura de obra nueva finalizada, en la que se testimonia la constitución del seguro decenal a la que se incorpora póliza de seguro decenal cuya suma asegurada es el coste total definitivo de la edificación

    El Registrador suspende la inscripción porque ser inferior el capital asegurado al coste final de ejecución material de la obra según los datos que obran en el Registro

    La DGRN revoca la nota porque entiende que tanto en la Ley como en la Instrucción de 11.09.2000 queda claramente establecido que el importe mínimo del capital asegurado es el coste de ejecución material de la obra, incluidos los honorarios profesionales. Pero entiende que los conceptos de coste de ejecución material y valor de la obra nueva no son conceptos equivalentes. El coste final de ejecución material, incluidos honorarios profesionales, hace referencia a la suma de las cuantías de los recursos empleados para la realización de la obra, cuantía que es la que debe ser objeto de seguro, mientras que el concepto de valor de la obra nueva hace referencia a una realidad mayor

    En otro orden de cosa la Dirección reitera que la nitificación de la calificación no puede hacerse por telefax, como ya señalaba en Resoluciones de12 de septiembre de 2005 y 12 de mayo de 2007, pero hay que tener en cuenta que la de 2005 ha sido revocada por sentencia de un Juzgado de Primera Instancia el 2 abril de 2007

    Galo Rodríguez Tejada.

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