SEGREGACIÓN SIN LICENCIA
RESOLUCIÓN DE 25-1-2006 DE SEGREGACIÓN SIN LICENCIA
(BOE 59 de 10-3-2006)
Se presenta a inscribir escritura de segregación de una parcela urbana de 270 metros cuadrados , a la que se incorpora por testimonio -un decreto del ayuntamiento de 9-3-2002 denegando la licencia de segregación y resolviendo no otorgar el certificado de innecesariedad de la misma solicitado por la sociedad propietaria Delva Internacional SA, asi como -justificación de la solicitud de certificación de innecesariedad de licencia , al ser la parcela segregada catastralmente independiente , presentada por el interesado en el ayuntamiento el 5-3-2002 , asi como justificación de que el decreto del Ayuntamientoo de 4-6-2002 , resolviendo no otorgar tal certificado de innecesariedad , le fue notificado al interesado el 6-6-2002.
Calificada desfavorablemente la escritura por el registrador de Puerto del Rosario 1, por no haberse acreditado la obtención de licencia municipal de segregación o declaración de su innnecesariedad , e incluso haberse testimoniado Decreto de la Alcaldía , debidamente notificado denegando la licencia y el certificado de innecesariedad , fue recurrida la nota por el interesado.
La DGRN DESESTIMA EL RECURSO y confirma la nota del registrador porque , si bien en principio no podría denegarse la inscripción al quedar acreditado el juego del silencio positivo desde las 0 horas del 6-6-2002 (ya que el plazo máximo para que oper ase cuenta desde la fecha de presentación de la solicitud pertinente y en el mismo plazo debe estar notificada la resolución expresa, no bastando para excluirlo con que en ese plazo se haya adoptado la resolución ) ;en este caso concreto señala la DGRN que no cabe el juego del silencio positivo porque ya existió una petición de certificado de innecesariedad que fue desestimado anteriormente de forma expresa.(el 9-3-2002) y debidamente notificado.
NORMAS:
CC, art 4
LEY DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMVO COMÚN , art.42.3.6 y 43.
DL 1/2000 de 8-3 del TR de la ley de ordenación del territorio de Canarias.,arts 82.2 y 166.1ª
Resoluciones de DGRN de 27,28y 31 de mayo, de 7,9y 10 septiembre 2002 , de 28 mayo de 2003 y 12 enero y 10 de febrero de 2004.
Almudena del Río Galan