RESOLUCIÓN DE 05/07/2006(BOE 203, de 25-8-2006) DE EXCESO DE CABIDA QUE LINDA CON MONTE.
RESOLUCIÓN DE 05/07/2006(BOE 203, de 25-8-2006) DE EXCESO DE CABIDA QUE LINDA CON MONTE.
Se presenta a inscribir en el Registro de Mora de Rubielos, escritura de aceptación de herencia, solicitando en la misma la inscripción de un exceso de cabida acreditado mediante la aportación de sendas certificaciones catastrales referidas a las parcelas que incluye la finca registral.
La escritura fue inscrita suspendiéndose exceso de cabida porque consta informe desfavorable emitido por el Servicio Provincial de Medio Ambiente de Teruel, citando como fundamento el artículo 22 de la Ley de Montes de 21-11-2003.
El interesado recurre.
La DGRN DESESTIMA el RECURSO porque requiriendo el artículo 22 de la Ley de Montes el informe favorable del órgano forestal de la Comunidad Autónoma, junto con las limitaciones que constriñen la calificación, no permiten, una vez remitido el informe desfavorable, la inscripción del exceso.
NORMAS: El artículo 24 de la Constitución Española, 38 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; 22 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y el 53 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Almudena del Río Galán