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PROCEDIMIENTO CONTRA UN TITULAR REGISTRAL SIN INTERVENCIÓN DEL MISMO.

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RESOLUCIÓN DE 17/07/2007 (BOE: 07/08/2007).PROCEDIMIENTO CONTRA UN TITULAR REGISTRAL SIN INTERVENCIÓN DEL MISMO.

    Registro: San Javier 2 - Santiago Laborda

    Se presenta testimonio de una sentencia dictada por un Tribunal de lo Contencioso Administrativo en cuya virtuspor se anula el acto administrativo de adjudicación de unas fincas a favor del adjudicatario a cuyo favor figuran inscritas

    El Registyrador suspende la inscripción porque no consta que el adjudicatario y titular registral haya intervenido en el procedimiento.

    La DGRN confirma la nota desuspensión y destaca que respecto a documentos judiciales puede el Registrador rechazar la inscripción de un documento judicial sin por ello dejar de observar el deber constitucional de cumplir las resoluciones judiciales (art. 118 CE), toda vez que dicho mandato debe compaginarse con el principio también constitucional (art. 24 CE) de protección jurisdiccional de los derechos e intereses legítimos y de interdicción de la indefensión; de modo que debe rechazarse la inscripción de resoluciones judiciales si no consta que en el respectivo procedimiento los titulares de derechos inscritos que resulten afectados han tenido la intervención prevista por las leyes para su defensa.

    Galo Rodríguez Tejada.

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