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PRESTAMO HIPOTECARIO : CLAUSULAS INSCRIBIBLES.

Buscar en las Resoluciones de la D.G.S.J.F.P. posteriores al 1 de enero de 2006.
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    Registro: Marbella 3 - Julio García-Rosado

Resolución de contenido similar a las de 21 de diciembre de 2007 ( nº 14 y 15 )

Unicamente señalar que el Registrador entiende que no se indica con claridad un domicilio a efecto de notificaciones se señala "la finca hipotecada" lo cual impide la realización del requerimiento de pago . La DGRN considera que la omisión del domicilio es un defecto que producirá el efecto de que no puedan utilizarse los procedimientos judicial o extrajudicial, pero no puede motivar la ineficacia de la hipoteca, ni ser obstáculo para su inscripción

    Galo Rodríguez Tejada.

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