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PODERES : REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA : JUICIO DE SUFICIENCIA.

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    Registro: Pola de Laviana

Se presenta una escritura en la que el Notario no transcribe las facultades del poder, ni justifica expresamente en su juicio de suficiencia la existencia de autocontratación o conflicto de intereses

La DGRN sisuiendo la pauta marcada en ptras muchas Resoluciones, y sin tener en cuenta que algunas de ellas han sido revocadas parcialmente por los Tribunales, señala que la reseña que de los datos identificativos del documento auténtico aportado hace el Notario para acreditar la representación y su valoración de la suficiencia de las facultades representativas harán fe suficiente, por sí solas, de la representación acreditada, bajo la responsabilidad del mismo

    Galo Rodríguez Tejada.

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