NOVACIÓN HIPOTECARIA : OMISIÓN DE CONCETOS- AMBITO DE LA CALIFICACIÓN.
RESOLUCIÓN DE 16/07/2007 (BOE: 03/08/2007).NOVACIÓN HIPOTECARIA : OMISIÓN DE CONCETOS- AMBITO DE LA CALIFICACIÓN.
Registro: Ribadeo - Marta I Fdez Urrusuno
Se presenta en el Registro una escritura de novación y ampliación de préstamo hipotecario. En ella se omite el concepto por el que la finca hipotecada asume determinada responsabilidad hipotecaria
La Registradora suspende la inscripción en base al principio de especialidad, por no resultar determinado con claridad dicho concepto.
La DGRN confirma la nota de calificación entendiendo que si bien es cierto que el Registrador puede y debe actuar de oficio cuando los defectos por él apreciados puedan ser subsanados mediante simples operaciones matemáticas o mediante una interpretación lógica y sistemática del resto del documento calificado, atendidas las reglas del sano juicio y la escasa entidad de la falta, lo que no puede hacer la Notaria autorizante de la escritura es trasladar a la Registradora la responsabilidad de la subsanación de la omisión y pretender que ésta deduzca cuál ha sido la voluntad de las partes respecto de una cuestión acerca de la cual nada han declarado
En este mismo sentido destaca que el Registrador ha de extender la nota de calificación emitiendo juicios inequívocos y concluyentes, sin aventurarse en conjeturas o hipótesis y no puede modificar los términos del negocio calificado para hacer posible su reflejo registral, ni suplir la intención o consentimiento de las partes, haciendo deducciones o interpretaciones sobre cuál ha sido su voluntad
Galo Rodríguez Tejada.