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NO CABE INSTAR RECURSO FRENTE A LA CALIFICACIÓN POSITIVA DEL REGISTRADOR

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NO CABE INSTAR RECURSO FRENTE A LA CALIFICACIÓN POSITIVA DEL REGISTRADOR

El registrador amplía una anotación preventiva de embargo por nota marginal , ordenada por mandamiento , como consecuencia de la ampliación de la ejecución inicialmente anotada por costas tasadas y por costas prudencialmente fijadas.

Recurre tal calificación positiva , que ha dado lugar a la nota marginal de ampliación , el titular registral actual del dominio en virtud de una inscripción posterior al embargo que ahora se amplía, por entender que no puede afectarle el mandamiento de ampliación , al ser su inscripción anterior a dicho mandamiento.

La DGRN INADMITE EL RECURSO GUBERNATIVO porque no cabe interponerlo contra la calificación positiva , sino sólo frente a calificaciones negativas totales o parciales , suspensivas o denegatorias.

Almudena del Río Galan

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