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MANDAMIENTO JUDICIAL DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA. FINCAS INSCRITAS A NOMBRE DE PERSONAS NO DEMANDADAS.

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MANDAMIENTO JUDICIAL DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA.

FINCAS INSCRITAS A NOMBRE DE PERSONAS NO DEMANDADAS.

El Registrador suspende la práctica de una a.p. demanda ordenada en mandamiento en un procedimiento judicial de división de herencia(dirigido a establecer el quantum del caudal hereditario , legítimas y reducir , por inoficiosas , donaciones hechas por el causante) , por no haberse demandado a los titulares registrales actuales que adquirieron las fincas por compra a los donatarios del causante.

La interesada recurre , y la DGRN DESESTIMA el recurso ,y confirma la nota del Registrador , basándose en el principio de tracto sucesivo , y por no existir ningún precepto que suspenda la fe pública registral respecto de quienes adquieren por compra bienes donados , ni que exceptue la regla general de que la reducción de donaciones no puede producir efectos frente a terceros adquirentes que hayan inscrito sus títulos , no constando en el Registro anotación de demanda previa.

NORMAS:

ART. 20 Y 38.3 LH

RESOLUCIONES DGRN 19-2-2000, 14 , 18 Y 19 DE MAYO 2001 , 11 DE JULIO 2001 , 2 OCTUBRE DE 2002

Almudena del Rio Galan

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