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Inmatriculación : Finca ya inscrita.

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Resolución de 12 de febrero de 2007 (Boe: 22-mar-07). Inmatriculación : Finca ya inscrita.

Registro: Telde 1 - Adolfo Calandria.

Se presenta una escritura de compraventa en la que se solicita su inscripción y la inmatriculación de la finca objeto de la misma.

El Registrador considera que la finca no es inmatriculable al encontrarse inscrita a favor de tercera persona. Procede en todo caso la reanudación de tracto sucesivo de la misma La DGRN ratifica la calificación porque en base al artículo 199 de la Ley Hipotecaria que regula los medios para proceder a la inmatriculación de fincas resulta que la inmatriculación es el ingreso de una finca en el Registro mediante la apertura de folio a la misma. Por tanto un requisito necesario para proceder a la inmatriculación es que la finca no esté inscrita a favor de persona alguna,

Galo Rodríguez Tejada

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