HIPOTECA. TRANSCRIPCIÓN DE LAS CLÁUSULAS FINANCIERAS. Anula Res. 24-07-2008 Rº Falset
HIPOTECA. TRANSCRIPCIÓN DE LAS CLÁUSULAS FINANCIERAS. (Anula Res. 24-07-2008 Rº Falset)
SÍNTESIS DE DOCTRINA:
Publica el fallo de la Sentencia firme de la AP de Tarragona de 1 de Abril de 2011, que estima el recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Tarragona, de 13 de Noviembre de 2009 (que había desestimado la demanda contra la R. 24 de Julio de 2008).
Por tanto, la Audiencia provincial estima el recurso de apelación contra la sentencia de instancia, declara la nulidad de la R. 24 de Julio de 2008 y confirma la calificación registral.
HECHOS:
Resolución de 5 de noviembre de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona, Sección Tercera, de 1 de abril de 2011, que ha devenido firme.
Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona, Sección Tercera, de 1 de abril de 2011, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 177/2010, seguido ante la Audiencia Provincial de Tarragona, Sección Tercera, interpuesto por la procuradora de los tribunales, doña M. E. I., en nombre y representación de doña Ana Allende Aguirre Mendi, registradora de la Propiedad de Falset, y asistida por el letrado V. G. G., así como por la Procuradora de los Tribunales, doña M. E. I., en nombre y representación de "Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae)", y defendida por el Letrado don J. F. L. A., contra la sentencia de fecha 13 de noviembre de 2009, dictada en autos de juicio verbal número 1512/2008 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Tarragona que desestimó íntegramente la demanda deducida por la representación procesal de la registradora apelante y de "Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros" contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 24 de julio de 2008, declarando no haber lugar a declarar la nulidad de la Resolución impugnada, absolviendo a la citada Dirección General de los pedimentos de la demanda e imponiéndose las costas a los demandantes,
FALLAMOS:
Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Ana Allende Aguirre Mendi y Adicae, contra la sentencia dictada con fecha 13 de noviembre de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia número tres de Tarragona, disponemos:
1) Declaramos la nulidad de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 24 de julio de 2008, y confirmamos la nota de calificación extendida por la señora Registradora de la Propiedad de Falset, en fecha 14 de abril de 2008.
2) No se hace expresa imposición de las costas procesales causadas en la instancia.
3) No se hace expreso pronunciamiento de las costas procesales causadas por el recurso de apelación formulado.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Don Joan Perarnau Moya, Presidente; don Manuel Galán Sánchez y doña María Ángeles Barcenilla Visús (suplente), Magistrados de la Audiencia Provincial de Tarragona.
Madrid, 5 de noviembre de 2014.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
OBSERVACIONES:
BOE número 286, miércoles 26 de noviembre de 2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/11/26/pdfs/BOE-A-2014-12270.pdf