Embargo de inmuebles por recaudador municipal de otro municipio.
Resolución de 08 de marzo de 2007 (Boe: 04-abr-07). Embargo de inmuebles por recaudador municipal de otro municipio.
Registro: Barcelona 24 - Isabel González G.
Recoge la misma cuestión planteada en la Resolución de 22-Diciembre-2007 (boe 22-1-2007 ), la de 24 -Ener 2007 ( nº 2007-035 ) y la de 9-marzo-2007 ( nº 2007-061 ) entre otras y sienta la misma doctrina, que el recaudador de un Ayuntamiento carece de jurisdicción para embargar bienes situados fuera del territorio de su demarcación municipal
Galo Rodríguez Tejada