ESCRITURA DE SUBROGACIÓN CON NOVACIÓN MODIFICATIVA
RESOLUCIÓN DE 6-4-2006 DE ESCRITURA DE SUBROGACIÓN CON NOVACIÓN MODIFICATIVA
BOE 127 de 29-5-2006
Se presenta a inscribir escritura de subrogación de hipoteca con novación modificativa que conlleva también :
1 . Una ampliación en el importe del capital prestado.
2 . Una modificación en la responsabilidad hipotecaria , que supone una disminución de la cantidad garantizada por el concepto de costas y gastos judiciales.
La registradora de Eibar suspende por los siguientes defectos:
1 . Por no quedar claro las cantidades en que resulta ampliada la hipoteca , al establecer la cláusula de la escritura lo siguiente:"la responsabilidad hipotecaria correspondiente al capital ampliado será en cuanto a intereses , costas y gastos , la que en proporción corresponda a dicho capital ".
La DGRN REVOCA ESTE DEFECTO por entender que sí puede saberse cual es la responsabilidad ampliada por estos conceptos por mera comparación de ésta , con la responsabilidad inicial.
2 . Por disminuirse la cantidad garantizada por el concepto de costas y gastos judiciales , sin haberse solicitado la cancelación parcial .
La DGRN también REVOCA ESTE DEFECTO por entender que su disminución no sólo no perjudica a posibles terceros posteriores a la hipoteca inicial, sino que incluso puede beneficiarlos, por lo que no hay obstáculo alguno para que en el registro se refleje esa disminución , sin exigirse especial consentimiento de las partes para la cancelación parcial. Por ello la DGRN ESTIMA EL RECURSO.
NORMAS:
CC, arts 1203, 1211, 1212, 1255
LH, arts,9, 12, 18, 24, 104, 115, 122, 144 y 163
RH ,art 98
Resolución DGRN de 26-5-2001,17 enero y 8 junio de 2002
Almudena del Río Galan