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ESCRITURA DE PERMUTA OTORGADA POR ADMINISTRADOR DE LA SOCIEDAD.

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RESOLUCIÓN DE 20/09/2006 (BOE 287 DE 1-12-2006) DE ESCRITURA DE PERMUTA OTORGADA POR ADMINISTRADOR DE LA SOCIEDAD.

Se presenta a inscribir en el Registro de la Propiedad de Arona, escritura de permuta de determinada finca urbana por obra futura en la que se expresa que uno de los comparecientes interviene en nombre y representación de la sociedad permutante, en su calidad de Administrador Único de dicha sociedad nombrado en la escritura pública que se cita, debidamente inscrita en el Registro Mercantil (haciendo constar todos los datos de la inscripción)

La Registradora suspende la inscripción porque la escritura calificada: 1.- No contiene el juicio de suficiencia por parte del Notario autorizante de las facultades representativas del administrador interviniente en representación de la sociedad. 2.- Ni el Notario ha manifestado que haya tenido a la vista los documentos públicos que acreditan su cargo y facultades.

El Notario recurre.

La DGRN DESESTIMA el RECURSO y confirma la nota de la Registradora por los dos defectos alegados por la misma, añadiendo la DGRN que conforme al artículo 98 de la Ley 24/2001, la exigencia de que el Notario exprese - su juicio de suficiencia de la representación es aplicable no sólo en los 1- casos de actuación mediante apoderamiento, sino también a los supuestos de 2- representación legal u orgánica.

NORMAS: los artículos 103 de la Constitución, 1216, 1217, 1218 y 1259, del Código Civil; 18, 19 bis, 322, 325 y 327 de la Ley Hipotecaria; 18.2 del Código de Comercio; 17 bis, 23 y 47 de la Ley del Notariado; 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; 98 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; 143, 145, 164, 165 y 166 del Reglamento Notarial; las Sentencias del Tribunal Constitucional 87/1997, de 24 de abril, y 207/1999, de 11 de noviembre; la Sentencia del Tribunal Supremo -Sala Tercera- de 24 de febrero de 2000; y las Resoluciones de 28 y 29, 26 de septiembre y 4 y 15 de octubre de 2005 y 23 de enero, 9 de junio y 30 y 31 de mayo de 2006, entre otras.

Almedena del Río Galan

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