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ESCRITURA DE AMPLIACIÓN Y MODIFICACIÓN DE HIPOTECA.

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En el Registro de la Propiedad número 42 de Madrid, se presenta escritura de ampliación y modificación de préstamo hipotecario.

La Registradora emitió una primera calificación negativa con nota emitida el 21 de septiembre de 2005, la cual, no fue recurrida en plazo, habiendo incluso caducado el asiento de presentación que la motivó.

De los documentos obrantes en el expediente, parece deducirse que dicha calificación motivó un intercambio de comunicaciones entre la Registradora calificante y el Notario autorizante de la escritura, que dio lugar a la emisión de una "Nota explicativa" de dicha calificación por la Registradora relativa a los cálculos de los que resultarían los diversos conceptos garantizados con la hipoteca tras la ampliación, a petición del Notario.

El Notario interpone recurso contra lo que indica ser una segunda calificación de la escritura, calificación que el Notario califica de irregular y que la Registradora niega haberse producido indicando que no se trata de una segunda calificación sino de una "comunicación explicativa".

La DGRN, a la vista del expediente remitido a la misma manifiesta que no resulta acreditado que dicha segunda calificación haya tenido lugar, por lo procede INADMITIR el recurso; no obstante da traslado de la resolución a los Servicios correspondientes para que a la vista de las circunstancias especiales que concurren en el recurso, se depuren las posibles responsabilidades a que hubiere lugar.

NORMAS

Los artículos 322 y siguientes de la Ley Hipotecaria.

Almudena del Río Galan

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