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Deposito de cuentas : computo del plazo de convocatoria de Junta .

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Resolución de 10 de enero de 2007 Boe: (15-feb-2007) Deposito de cuentas : computo del plazo de convocatoria de Junta.

Se presenta en el Registro Mercantil un deposito de cuentas de una Sociedad Anonima, respecto de la cual el último anuncio para la convocatoria de la Junta General se había hecho en el BORME públicado el 29 de mayo, celebrandose la Junta el 29 de junio.

El Registrador deniega aceptar el deposito de cuentas porque no existe el plazo de un mes de antelación en la publicación de los anuncios conforme exige la nueva redacción del art 97 TRLSA dada por la Ley 19/2005 El recurrente alega que el cómputo, al ser por meses, es distinto del anterior por días, en el que el último debía transcurrir en su totalidad, y por tanto sostiene la validez de la Junta celebrada..

LA DGRN revoca la nota y permite el deposito de cuentas porque entiende que es valida la Junta celebrada el día en que se cumplía el mes de plazo.

Galo Rodríguez Tejada

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