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DEMANDA CONTRA HERENCIA YACENTE SIN NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR JUDICIAL. Revoca Res. 05-11-2007 Rº Totana

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DEMANDA CONTRA HERENCIA YACENTE SIN NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR JUDICIAL . (Revoca Res. 05-11-2007 Rº Totana)

SÍNTESIS DE DOCTRINA:

Publica el fallo de la Sentencia firme del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia de 23 de octubre de 2008, que estima la demanda contra la R. 5 de Noviembre de 2007, anulándola, debiéndose practicar la anotación de demanda.

HECHOS:

     Resolución de 4 de noviembre de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Murcia, de 23 de octubre de 2008, que ha devenido firme.

     Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado, el fallo de la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Murcia, de fecha 23 de octubre de 2008, por la que se estiman las pretensiones de la parte actora contenidas en su escrito de demanda contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 5 de noviembre de 2007.

     En los autos de juicio verbal número 440/2008 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Murcia, promovidos por la procuradora de los tribunales, doña A. D. V., en nombre y representación de don J. C. M. y doña A. M. P. L., y defendida por la letrada, doña M. E. T. M., frente a la Dirección General de los Registros y del Notariado, se ha dictado sentencia, en fecha 23 de octubre de 2008, que contiene el siguiente

     FALLO:

     Que estimando la demanda formulada por la Procuradora doña A. D. V. en nombre y representación de don J. C. M. y doña A. M. P. L. contra la Dirección General de Registros y del Notariado de la Secretaría del Estado de Justicia del Ministerio de Justicia representada y dirigida por el Abogado del Estado, debo anular la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado, de fecha 5 de noviembre de 2007, y, en consecuencia, debo anotar preventivamente la demanda decretada por resolución judicial firme de fecha 15 de noviembre de 2006 recaída en los autos de Juicio Ordinario número 234/05 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Totana, todo ello sin expresa condena en costas en esta instancia.

     Así por mi Sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos la pronuncio, mando y firmo. Doña Ana Bermejo Pérez, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Murcia y su Partido.

     Madrid, 4 de noviembre de 2014.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

OBSERVACIONES:

     BOE número 286, miércoles 26 de noviembre de 2014.

     http://www.boe.es/boe/dias/2014/11/26/pdfs/BOE-A-2014-12265.pdf

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