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CIERRE DE LAS OFICINAS DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES LOS DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2011.

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     Orden JUS/2667/2011, de 15 de septiembre, por la que se declara el cierre de las oficinas de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles los días 24 y 31 de diciembre de 2011, a todos los efectos.

     El artículo 360 del Reglamento Hipotecario, en la redacción dada por el Real Decreto 1039/2003, de 1 de agosto, establece el horario de apertura de los Registros autorizando a este Ministerio a fijar un régimen especial los sábados, y en términos similares se regula el horario de apertura en el Reglamento del Registro Mercantil.

     Como consecuencia de ello, este Ministerio, mediante órdenes de 10 de julio de 1995 y 22 de diciembre de 1999, ha establecido un régimen especial para el mes de agosto y para los días 24 y 31 de diciembre.

     Teniendo en cuenta que análogas razones exigen dar un tratamiento especial a los días 24 y 31 de diciembre de 2011 con objeto de evitar desplazamientos inútiles,

     Por todo ello, dispongo:

     Artículo único.

     No estarán abiertas al público las oficinas de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles los días 24 y 31 de diciembre de 2011, a todos los efectos.

     Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

     Madrid, 15 de septiembre de 2011.-El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

OBSERVACIONES:

     BOE número 242, viernes 7 de octubre de 2011.

     http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/07/pdfs/BOE-A-2011-15771.pdf

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