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CANCELACIÓN DE EXPRESIONES EN INSCRIPCIÓN.

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06/04/2006 (BOE número 127, lunes 29 de mayo de 2006.)

CANCELACIÓN DE EXPRESIONES EN INSCRIPCIÓN.

Mediante instancia suscrita por la recurrente presentada en el Registro de la Propiedad nº 3 de Cartagena, aquella solicitó la cancelación de la siguiente expresión obrante en la inscripción tercera de la fincar registral 21.365, finca inscrita, además a nombre de un tercero (no de la solicitante): "según el título, dentro de la superficie existe una casa con patios, cuadras y un pozo de agua manantial, siendo la extensión superficial de la casa de seiscientos sesenta y dos metros cuadrados, hoy en estado de ruinas y a esta finca se le dio la sexta parte en el pozo de agua manantial de la Torre del Ángel".

En el acta de dicha inscripción tercera se indica que se SUSPENDE la inscripción de la expresión completa cuya cancelación ahora se solicita, por falta de previa inscripción.

El Registrador de Cartagena nº 3, en calificación confirmada por el de Cieza nº 1, deniega la solicitud de cancelación porque DICHA EXPRESIÓN NO EXISTE REGISTRALMENTE al haberse suspendido la misma en el acta de inscripción.

La DGRN desestima el recurso, y confirma la nota del Registrador, resaltando, además, que una rectificación como la pretendida, no podría tampoco practicarse, aunque procediera, que no es el caso, sin consentimiento del titular registral o sentencia firme dictada en procedimiento dirigido contra todos los titulares registrales afectados.

NORMAS

Los artículos 29, 40.d), 66, 82 y 98 de la Ley Hipotecaria y las Resoluciones de esta Dirección General de 27 de abril y 5 de septiembre de 2005 y 31 de enero de 2006.

Almudena del Río Galan

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