Anotación preventiva caducada : carece de eficacia .
Resolución de 11 de diciembre de 2006 (Boe: 18-ene-07) Anotación preventiva caducada : carece de eficacia .
Registro: Roquetasd Mar 1 - Rafael Castizo
Se presenta y se pretende inscribir un testimonio de un auto de adjudicación recaido en un procedimiento ejecutivo, si bien para entonces la Anotación de embargo referida a ese procedimiento se hallaba cancelada por caducidad y la finca había sido transmitida a un tercero El Registrador deniega la inscripción pretendida y la DGRN confirma la calificación ya que la presentación en el Diario fija el momento al que han de retrotraerse los efectos de la inscripción (Art. 24 LH) pero una vez caducado el asiento de presentación sin haber sido inscrito el título la preferencia que el mismo había determinado se pierde y el título sólo gozará de la que resulte del nuevo asiento de presentación (Art. 17 LH). Por ello para evitar la pérdida de esa preferencia existe la posibilidad de solicitar la anotación de suspensión cuya vigencia de hasta 180 días proporciona tiempo suficiente para subsanar cualquier defecto. Por lo tanto, si el último asiento de presentación del testimonio del auto de adjudicación se realizó en fecha en que la anotación preventiva de embargo había caducado y la finca se halla inscrita a nombre de persona distinta de aquella contra la que se dirigió el procedimiento ejecutivo, la adjudicación no puede inscribirse a menos que se acredite haber sido el titular registral parte en el procedimiento.
Galo Rodríguez Tejada