AUTO DE ADJUDICACIÓN Y MANDAMIENTO DE CANCELACIÓN DE CARGAS SOBRE UN VEHÍCULO.
RESOLUCIÓN 23/10/2006 (BOE 286 DE 30-11-2006) DE AUTO DE ADJUDICACIÓN Y MANDAMIENTO DE CANCELACIÓN DE CARGAS SOBRE UN VEHÍCULO.
Expedida certificación de libertad de cargas de un vehículo y tomada anotación de embargo en el Registro de Bienes Muebles, la Registradora suspende la inscripción de la adjudicación derivada del embargo por la existencia de una reserva de dominio que no se tuvo en cuenta al expedir la certificación de cargas, ni al practicar la anotación de embargo. La razón es que la reserva de dominio sobre el vehículo se hizo constar identificándole por el número de bastidor (nuestro ordenamiento admite la identificación tanto por - bastidor como por - matrícula) siendo incorrecta la matrícula del vehículo en el Registro, que es por la que se hizo en su día la consulta, sin que la Dirección General de Tráfico advirtiera la falta de correlación entre - matrícula y - número de bastidor.
El interesado recurre.
La DGRN DESESTIMA el RECURSO y confirma la nota de la Registradora por ser principio básico en nuestro ordenamiento que los asientos del Registro están bajo la salvaguarda de los Tribunales, lo que tiene como consecuencia que cuando las certificaciones no fueran conformes con los asientos de referencia, se estará a lo que de éstos resulte, sin perjuicio de la acción del perjudicado por ellas para exigir la indemnización correspondiente del Registrador que haya cometido la falta (art. 226 LH) Por ello, el vendedor que tiene inscrita la reserva de dominio, mantiene su prioridad frente al adjudicatario que tiene un derecho de rango posterior, aunque por error se hubiera omitido la reserva de dominio tanto en la - anotación preventiva de embargo, como al - expedir la certificación de cargas.
NORMAS: los artículos 1 de la Ley Hipotecaria, 4-C, 5, 6 y 24 de la Ordenanza para el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles de 19 de julio de 1999; artículo 15 de la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles de 13 de Julio de 1998; la Instrucción de este Centro Directivo de 19 de febrero de 2002 sobre actuación de los Registradores de Bienes Muebles en la transmisión de bienes gravados.
Almudena del Río Galan