ANOTACIÓN PREVENTIVA.
16/05/2006 (BOE número 148, jueves 22 de junio de 2006.)
ANOTACIÓN PREVENTIVA.
Tomada anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Olot, de la demanda por la que la heredera del heredero fiduciario solicita, entre otros extremos, 1.- la detracción de la cuarta trebeliánica sobre unas fincas posteriormente aportadas a una sociedad mercantil unipersonal constituida por el heredero fideicomisario, se presenta ahora mandamiento judicial ordenando, en ejecución de sentencia obtenida en procedimiento anterior, el embargo de dichas fincas para el pago de aquélla. El Registrador deniega la anotación por falta de tracto sucesivo, al estar las fincas inscritas a nombre de una sociedad mercantil distinta del embargado.
El interesado recurre, y la DGRN ESTIMA el RECURSO y revoca la nota porque el mandamiento ordenando la anotación preventiva es de ejecución de la sentencia obtenida en el procedimiento de reclamación de la cuarta trebeliánica que fue objeto de anotación de demanda en el Registro, con anterioridad a la aportación de la finca a la compañía mercantil (una sociedad unipersonal constituida por el demandado); por lo que, teniendo en cuenta que el sentido de la anotación de demanda es asegurar las resultas del procedimiento, de suerte que la eficacia de la sentencia que, en su día, se dicte, opere como si se hubiera producido en el momento de la anotación, no puede decirse que no se cumpla el requisito del tracto sucesivo.
NORMAS:
Los artículos 42.1, 107.9, 322 y siguientes de la Ley Hipotecaria y concordantes del Reglamento Hipotecario; así como las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 22 y 30 de marzo, 6 de abril, 4 de mayo y 19 de julio de 2000, 2 y 4 de abril y 20 de junio y 27 de noviembre de 2001, 19 de octubre y 28 de noviembre de 2002, 20 de marzo, 7 y 24 de junio, 2 de septiembre y 18 de octubre de 2003, 11 de febrero, 12 de marzo y 11 de diciembre de 2004, 8 y 21 de enero, 2 de febrero, 19 y 26 de abril, 28 de mayo y 25 de junio de 2005; las Sentencias de 23 de junio de 1993, 13 de abril de 1988 y 30 de enero de 1992.
Almudena del Río Galan