Menú

RESOLUCIONES DESESTIMATORIAS DE LA DGRN POR RECURSO EXTEMPORÁNEO

Buscar en casos prácticos resueltos.
Buscar en:

Se plantea desde qué momento se cuentan los dos meses del artículo 327 de la LH, para poder despachar los documentos posteriores, dado que la DGRN no publica dichas resoluciones en el BOE.

Se propone como solución tomar como fecha la última de las notificaciones de la resolución (al registrador y al particular, dato este segundo que habría que consultar a la DGRN).

Esta página WEB utiliza cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia de uso y facilitarle la navegación. Si continúa navegando acepta su uso. Más información sobre la política de cookies