RESOLUCIONES DESESTIMATORIAS DE LA DGRN POR RECURSO EXTEMPORÁNEO
Se plantea desde qué momento se cuentan los dos meses del artículo 327 de la LH, para poder despachar los documentos posteriores, dado que la DGRN no publica dichas resoluciones en el BOE.
Se propone como solución tomar como fecha la última de las notificaciones de la resolución (al registrador y al particular, dato este segundo que habría que consultar a la DGRN).