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HIPOTECA: CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD

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El supuesto es el siguiente: Interés ordinario:       Inicial 2%; variable EURIBOR + 2. Interés de demora: Interés ordinario + 2. Responsabilidad: Principal € 100.000. Intereses ordinarios: 2 x lím. 10% anual. Intereses de demora: lím. 3 x interés legal y 2(xi+2) es decir 8.000 €.

  

Se acuerda que debe establecerse la responsabilidad por intereses de demora o al tipo de interés inicial o en vez de la expresión "es decir" poner "hasta el máximo de". Tal cual está redactada induce a confusión porque 2xi+2 no son necesariamente 8000 €, solo en el caso de que se parta del interés ordinario inicial.

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