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DOS CADENAS DE TITULARIDAD

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Una finca es anejo inseparable de algunos departamentos de una propiedad horizontal, a saber, determinados departamentos de la propiedad horizontal tienen como anejo inseparable una cuota en la finca independiente dedicada a jardín. En la inscripción del departamento, sin embargo, no se dice nada del anejo. Al solicitar publicidad de FLOTI aparece una cuota del anejo inseparable inscrita a nombre de persona distinta de la titular registral de la finca de la que es anejo. Se plantea como actuar en caso de un posible embargo.

Se considera que no debe de continuarse el tracto del anejo del que parece roto el mismo. Igualmente no cabe practicar embargos sobre el anejo si el procedimiento se dirige contra la finca si el mismo se dirige contra persona distinta del titular registral de la finca a la que está vinculado.

El servicio de índices es una ayuda a efectos del despacho, pero si como resulta del caso, se ve que la separación de titularidades resulta anómala y contradictoria con el propio Registro hay que tenerlo en cuenta y no actuar como si el anejo fuese una finca independiente.

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