CONCURSO: HIPOTECA: EJECUCIÓN. CERTIFICACIÓN DE CARGAS
Se solicita por mandamiento certificación de cargas en ejecución hipotecaria sobre 16 fincas. Está practicada anotación de declaración de concurso del deudor hipotecario (una sociedad anónima). En el Registro Público Concursal aparece concluido el concurso “por inexistencia de masa activa” de dicha sociedad. Del FLEI resulta en liquidación: “extinguida”. Entiendo que dichas resoluciones son firmes y que conforme a la RDGRN de27/6/2016 puedo expedir la certificación. Algunos aprovechamientos urbanísticos correspondientes a las fincas ejecutadas constan inscritos a favor de sociedad cooperativa también en concurso. Se notificaría la expedición de la certificación a la misma y al Juzgado de lo Mercantil. ¿Es correcto?
Se entiende que sí. El Juzgado de lo Mercantil ha tenido conocimiento de la existencia de tales fincas al ordenar la anotación de declaración de concurso. Es posible que no haya considerado dentro de la masa tales bienes por causa del privilegio especial.
Asimismo se considera necesaria la realización de las notificaciones a los terceros poseedores, incluida la sociedad en concurso y del Juzgado de lo Mercantil ante el cual se sigue el procedimiento.