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INCAPACES.

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1.-P: Se presenta una venta de una finca en que interviene un tutor en representación de un incapaz que es titular de 5/12 en nuda propiedad de la misma. En la Sentencia autorizando la venta sin subasta pública se indica que la misma deberá efectuarse "por un precio correspondiente a la participación del incapaz no inferior a 149.000 euros".

En la escritura el precio de toda la finca es de 282.000 euros, por lo que teniendo en cuenta la edad de la usufructuaria, la participación del usuaria sería de 99.450 euros aproximadamente. Pero en un apartado de la escritura el Notario, sin advertencia alguna, señala que "los comparecientes manifiestan que el valor correspondiente a la participación de X -el incapaz- asciende a 149,000 euros". ¿Es inscribible la venta?.

R: La expresión "valor" no se considera suficiente pues no atribuye al incapaz un derecho efectivo sobre dicha cantidad. Sin embargo, sí se consideraría inscribible si lo que se indicará es que "el precio de la participación de X es ......" porque si implicaría tal derecho directo; o si se donará la diferencia de valor al incapaz.

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