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INMATRICULACIONES

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1.- P:     Van a hacer las escrituras de venta de varias fincas pertenecientes a una de las denominadas "urbanizaciones ilegales" (se hizo en los años setenta y carece de alcantarillado, alumbrado público, etc). Poseen certificaciones catastrales de finca urbana de las respectivas parcelas a su nombre, títulos previos, ... y la finca rústica de la que proceden no está inmatriculada, es decir, cumplirían los requisitos del artículo 205 de la Ley Hipotecaria y 298 del Reglamento. Les he sugerido que hablen con el Ayuntamiento para inscribir las fincas por la vía de constituir una Junta de Compensación pero dicen que éste no colabora.

¿Hay alguna manera de impedir las inmatriculaciones?

R: No, en este supuesto no son aplicables las normas del RD 1093/1997 y además el Registrador no puede calificar con datos que no constan en el Registro.

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